El tribunal superior de la UE dictaminó que deben ser reconocidos como grupo familiar en todos los estados miembros.
Gracias a un fallo histórico que tuvo lugar esta semana, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó que si un país reconoce una relación parental con un niño, entonces todos los estados miembros deben hacerlo. El objetivo es garantizar el derecho del niño a la libre circulación.
El caso tomó relevancia en el tribunal luego de que autoridades de Bulgaria se negaran a entregar un certificado de nacimiento a Sara, hija de una pareja del mismo sexo, con el argumento de que la bebé recién nacida no podía tener dos madres. A consecuencia de esto, la menor quedó en riesgo de apatridia, sin acceso a la ciudadanía, sin poder salir del país de origen (España), y sin documentos personales, lo que perjudicaba su acceso a la educación, la salud y la seguridad social.
Ante este caso, el TJUE dictaminó que la niña debería recibir un pasaporte búlgaro. Luego de la sentencia, Arpi Avetisyan, jefe de litigios de la ONG ILGA-Europa, expresó: «La sentencia ha traído la tan esperada aclaración de que la paternidad establecida en un Estado miembro de la UE no puede ser descartada por otro, bajo el pretexto de proteger a la» identidad nacional’.
Además agregó: «Este es un verdadero testimonio de que la UE es una unión de igualdad y esperamos ver a las familias arcoíris disfrutar de su derecho a la libertad de movimiento y otros derechos fundamentales en pie de igualdad con cualquier otra persona. Es importante que la sentencia se aplique de forma inminente, no solo para la bebé Sara y su familia, sino también para otras familias que enfrentan luchas similares en toda la UE «.
Fuente: https://www.euronews.com
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